El BOE del 15 de septiembre ha publicado el Real Decreto-ley 7/2021, cuya disposición final tercera amplía en cuatro meses el plazo de cobertura de las ayudas directas a empresas y autónomos afectados por la pandemia, aprobadas por el Real Decreto-ley 5/2021, que se modifica.

De esta forma, las citadas ayudas podrán destinarse a satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos, siempre que éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y se cumplan todos los demás requisitos exigidos.

Además, el Real Decreto-ley aclara que, dentro de las finalidades a las que se pueden destinar las ayudas, el concepto de costes fijos incurridos incluye las pérdidas contables generadas durante el período de cobertura.

Estas modificaciones permitirán a las Comunidades Autónomas que aún dispongan de parte de los recursos asignados realizar nuevas convocatorias de ayudas en lo que resta de año, por lo que le informaremos de las posibles novedades que pueda haber en el ámbito de la Comunidad de Madrid.